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Si usted o un familiar directo suyo entraron inicialmente en EE. UU. sin visado, o si su familiar directo se encuentra fuera de EE. UU., usted o él pueden obtener la residencia permanente mediante el «trámite consular». El familiar ciudadano estadounidense o residente permanente debe presentar primero una Petición I-130 para un familiar extranjero (véase la entrada anterior del blog). Una vez aprobada dicha petición, el familiar directo podrá solicitar la residencia a través de un consulado de EE. UU. en el extranjero.

Las personas que hayan entrado en el país sin visado y deseen obtener la tarjeta de residencia deben salir del país para tramitarla por vía consular, pero primero deben solicitar una exención, si cumplen los requisitos, para no tener que permanecer fuera del país hasta 10 años. (Véase la entrada anterior del blog sobre exenciones). Consulte con un abogado para saber si cumple los requisitos para solicitar una exención.

El trámite consular fuera de los Estados Unidos incluye una solicitud, una prueba de ingresos o un patrocinador, una entrevista y un examen médico.

Ingresos

Para demostrar que la persona que se encuentra fuera del país o que ha entrado sin visado no se convertirá en una carga pública, el familiar directo debe demostrar que dispone de recursos económicos suficientes para mantener a su familiar. Deberá aportar pruebas de que sus ingresos anuales son, como mínimo, el 125 % de las Directrices Federales de Pobreza correspondientes al tamaño de su unidad familiar. Deberá presentar pruebas de su empleo actual, así como su última declaración de la renta federal.  Si no gana suficiente dinero para mantener a su unidad familiar al 125 % del nivel de pobreza, puede complementar la declaración jurada con activos (por ejemplo, si es propietario de una vivienda pero vive con unos ingresos fijos) o puede pedir a un familiar o amigo que presente una declaración jurada conjunta de manutención.

Examen médico

Las personas que soliciten la tramitación consular deben demostrar que no son inadmisibles por motivos de salud pública. Deben someterse a un reconocimiento médico realizado por un médico autorizado antes de su cita para el visado en el consulado, con el fin de confirmar que cuentan con todas las vacunas requeridas y que no padecen ninguna «enfermedad contagiosa de importancia para la salud pública». El reconocimiento médico tendrá una validez de 12 meses. DEBE concertar su cita para el reconocimiento con uno de estos médicos autorizados.

Entrevista

En tu entrevista en el consulado de EE. UU., un funcionario consular te hará preguntas sobre los documentos que has presentado y las respuestas que has dado en tus formularios de inmigración para verificar su veracidad. Si presentas la solicitud a través de tu cónyuge, también es posible que te pregunten sobre la naturaleza de vuestra relación, incluyendo cómo os conocisteis, detalles sobre vuestra boda y otras cuestiones relacionadas con vuestra vida en común. Al final de la entrevista, se le pedirá que preste juramento y firme la solicitud, confirmando que toda la información contenida en ella es veraz. Si el funcionario tiene motivos para dudar de la autenticidad de su relación familiar o matrimonio, puede devolver su solicitud al USCIS y solicitar que se vuelva a examinar. De lo contrario, su solicitud de residencia será aprobada. 


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Lesley Irizarry-Hougan
Lesley ejerce la abogacía desde julio de 2005. Cuenta con una amplia experiencia en la representación de clientes ante el Tribunal de Inmigración, tanto en casos de detención como de no detención; en apelaciones de decisiones de jueces de inmigración, tanto en el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito como en la Junta de Apelaciones de Inmigración. Lesley participa activamente en su comunidad, colaborando regularmente como voluntaria en la Clínica Legal de la Asociación de Abogados Latinos y en la Clínica Legal del Barrio de la Asociación de Abogados del Condado de King. Lesley Irizarry-Hougan ha estado practicando exclusivamente leyes de inmigración desde julio de 2005. Tiene una amplia experiencia en la representación de clientes en el Tribunal de Inmigración, tanto en casos de detenidos como de no detenidos; en apelaciones de decisiones de jueces de inmigración, tanto en el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito como en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Oeste de Washington. Lesley también se especializa en solicitudes afirmativas, incluyendo solicitudes para la tarjeta verde (Mica), asilo, NACARA y solicitudes de ciudadanía archivadas en los Estados Unidos y Servicios de Inmigración. Lesley también realiza certificaciones de trabajo, incluyendo solicitudes de cocineros especializados. Ella habla español nativo.
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