Formar una vida juntos en los Estados Unidos
El amor no conoce fronteras, pero la ley de inmigración estadounidense crea barreras reales que separan a las parejas.
En L.I.H. Law, entendemos que obtener una tarjeta de residencia basada en el matrimonio no es solo un proceso legal, sino que se trata de permitir que usted y su conyuge formen una vida juntos sin temor a la separación, planifiquen su futuro con seguridad y crear la familia que siempre han soñado.
Una tarjeta verde basada en el matrimonio (también llamada visa de cónyuge o tarjeta verde por matrimonio) permite al cónyuge extranjero de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal (titular de la tarjeta verde) obtener la residencia permanente en los Estados Unidos.
Este proceso suele comenzar con la presentación del Formulario I-130 (Petición para un familiar extranjero) para establecer su relación matrimonial válida, junto con o seguido por formulario I-485 (Ajuste de estatus) si su cónyuge se encuentra en los Estados Unidos, o tramitación consular si se encuentra en el extranjero. Una vez aprobada, su cónyuge recibirá una tarjeta de residencia que le permitirá vivir y trabajar de forma permanente en los Estados Unidos, viajar libremente dentro y fuera del país y, finalmente, solicitar la ciudadanía.
La abogada de inmigración Lesley Irizarry-Hougan lleva más de 20 años dedicándose exclusivamente al derecho de inmigración en Seattle, ayudando a cientos de parejas casadas a completar con éxito el proceso I-130/I-485. Su personal, totalmente bilingüe, especializados en Espanol, garantiza que el idioma nunca sea una barrera-tanto si se conocieron por Internet, se casaron rápidamente, tienen una gran diferencia de edad o se enfrentan a otras circunstancias que requieren una documentación cuidadosa, nos comunicamos en el idioma con el que sea más cómodo durante todo el proceso.
L.I.H. Law da la bienvenida a todas las parejas, independientemente de cómo se hayan conocido, cuánto tiempo lleven juntas o cuáles sean sus antecedentes. Estamos orgullosos de prestar nuestros servicios a parejas LGBTQ+ que tienen los mismos derechos a patrocinar a sus cónyuges que cualquier otra pareja desde la decisión del Tribunal Supremo de 2013 de 2013 y la posterior orientación de USCIS. Trabajamos con familias militares que se enfrentan a procesos acelerados y retos únicos de despliegue. Ayudamos a parejas con historias complicadas: segundos o terceros matrimonios, relaciones internacionales que comenzaron en Internet, noviazgos relámpago, grandes diferencias de edad o infracciones migratorias previas. USCIS examina minuciosamente las solicitudes basadas en el matrimonio para evitar fraudes, y nosotros nos especializamos en construir casos sólidos que demuestren que su matrimonio es auténtico, incluso en circunstancias complicadas.
Ofrecemos Servicios de Tarjeta de Residencia por matrimonio
En el área de Seattle orientamos a las pareja
en todos los aspectos del proceso de como obtener la tarjeta verde por matrimonio, incluyendo:
I-130 Petición para un familiar extranjero (peticiones de cónyuge)
Establecer su relación matrimonial válida ante el USCIS
I-485 Ajuste de estatus (para cónyuges en los EE. UU.)
Permitir que tu cónyuge obtenga su tarjeta de residencia sin salir del país.
Presentación simultánea (I-130 + I-485 juntos)
Para los ciudadanos estadounidenses, presentar ambos formularios simultáneamente para acelerar significativamente el proceso.
Tramitación consular (para cónyuges en el extranjero)
Obtención de visados de inmigrante a través de las embajadas y consulados de EE. UU. cuando su cónyuge se encuentra fuera de EE. UU.
Tarjetas de residencia condicionales (matrimonios de menos de 2 años)
Comprender el proceso de residencia condicional de dos años para matrimonios recientes
Formulario I-751 (Eliminación de las condiciones de residencia)
Eliminar las condiciones de 2 años y obtener una tarjeta verde permanente de 10 años.
Exenciones I-751 por divorcio o abuso
Presentar la solicitud de forma individual si se ha divorciado o ha sufrido violencia doméstica antes de cumplir los dos años.
Preparación para la entrevista matrimonial
Asesoramiento completo sobre lo que preguntan los funcionarios del USCIS y cómo demostrar que tu matrimonio es auténtico.
Defensa contra el fraude matrimonial
Creación de casos irrefutables para superar el escrutinio del USCIS sobre matrimonios recientes, relaciones online, diferencias de edad u otras señales de alerta.
Solicitudes de cónyuges LGBTQ+
Los matrimonios entre personas del mismo sexo están plenamente reconocidos a efectos de inmigración: ayudamos a las parejas LGBTQ+ a seguir el mismo proceso que las parejas heterosexuales.
Tarjetas de residencia para cónyuges de militares
Tramitación acelerada y consideraciones especiales para los miembros en servicio activo y los veteranos que patrocinan a sus cónyuges.
Segundo y Tercer Matrimonio
Abordar las inquietudes del USCIS cuando cualquiera de los cónyuges ha estado casado varias veces anteriormente.
Matrimonios internacionales (conocidos en línea o en el extranjero)
Demostrar relaciones auténticas que comenzaron a través de sitios web internacionales de citas, redes sociales o durante un viaje.
Matrimonios rápidos y noviazgos cortos
Superar el escrutinio cuando te casaste poco después de conocer a tu pareja
Relaciones con Gran Diferencia de Edad
Documentar la autenticidad cuando existe una diferencia de edad significativa entre los cónyuges.
Titulares de la tarjeta verde que patrocinan a sus cónyuges
Navegando por la categoría F2A con sus tiempos de espera de 2 a 3 años antes de presentar el I-485
Declaración jurada de manutención (Formulario I-864)
Demostrar capacidad financiera para mantener a su cónyuge al 125 % de las pautas de pobreza.
Copatrocinadores para casos matrimoniales
Encontrar y preparar patrocinadores conjuntos cuando el solicitante no cumple con los requisitos de ingresos.
Autorización de trabajo (EAD) y permisos de viaje (libertad condicional anticipada)
Permitir que su cónyuge trabaje y viaje mientras el I-485 está pendiente
Casos basados en el matrimonio con infracciones migratorias previas
Abordar la presencia ilegal, la permanencia ilegal tras la expiración de la visa o la entrada fraudulenta en las solicitudes de cónyuge.
Casos basados en el matrimonio con hijastros
Tratamiento de los hijastros menores y opciones de inmigración para ellos
I-601/I-601A Extenciones provisionales por presencia ilegal
Perdonar las prohibiciones de 3 o 10 años antes de que los cónyuges se vayan a las entrevistas consulares.
Nuestro proceso para obtener la tarjeta verde por matrimonio
Consulta inicial: evaluación exhaustiva sobre matrimonio e inmigración
Realizamos una revisión detallada de su situación, incluyendo: su estatus como ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde, la ubicación actual y el estatus migratorio de su cónyuge, cómo y cuándo se conocieron, la cronología de su noviazgo, los detalles de su boda, cuánto tiempo llevan casados, información sobre los hijastros (hijos de relaciones anteriores), dónde viven juntos actualmente (o por qué no lo hacen), cualquier matrimonio anterior que hayan tenido, cualquier infracción de inmigración que pueda haber cometido su cónyuge y su capacidad financiera para patrocinarlo.
Estamos buscando posibles señales de alerta que USCIS examinará:
Se conocieron através de las redes internacionales-sociales (web) de citas y tuvieron poco tiempo para verse en persona antes de casarse.
Te casaste muy rápido después de conocer a tu pareja (menos de unos meses).
Hay una diferencia de edad significativa entre ustedes.
Este es el segundo, tercer o cuarto matrimonio para cualquiera de los cónyuges.
Te casaste rápidamente después de divorciarte.
El estatus migratorio de tu cónyuge estaba a punto de expirar o se enfrentaba a la deportación cuando se casaron.
Actualmente no viven juntos a tiempo completo.
Su cónyuge tiene antecedentes de infracciones migratorias (permanencia ilegal, presencia ilegal, deportaciones previas, antecedentes penales).
Identificamos estos problemas desde el principio y desarrollamos estrategias para abordarlos de manera proactiva. Proporcionamos evaluaciones honestas sobre su cronograma, qué pruebas necesitará y qué esperar durante la entrevista. Si su cónyuge necesita una extención o tiene complicaciones que deben abordarse primero, le explicamos exactamente qué debe suceder y en qué orden.
Recopilación de documentos y preparación de pruebas matrimoniales
Las tarjetas de residencia basadas en el matrimonio requieren dos tipos de documentación: documentos legales que demuestren la elegibilidad y pruebas de la relación que demuestren que el matrimonio es auténtico.
Documentos legales requeridos:
Certificado de matrimonio expedido por la jurisdicción en la que contrajo matrimonio.
Prueba de ciudadanía estadounidense o residencia permanente (pasaporte, certificado de nacimiento, certificado de naturalización o tarjeta de residencia).
Sentencias de divorcio de todos los matrimonios anteriores (ambos cónyuges)
Certificados de nacimiento de ambos cónyuges
Fotos tipo pasaporte de ambos cónyuges.
Examen médico (Formulario I-693) realizado por un médico civil aprobado por el USCIS.
Pruebas que demuestran que tu matrimonio es real:
Esta es la parte más importante de su solicitud. El USCIS quiere comprobar que usted tiene una relación matrimonial auténtica y duradera, y no un matrimonio contraído únicamente para obtener beneficios migratorios.
Las pruebas sólidas incluyen:
Prueba de que viven juntos: contrato de alquiler o hipoteca a nombre de ambos, facturas de servicios públicos a nombre de ambos en la misma dirección, correo de organismos gubernamentales, documentos de seguros.
Mezcla financiera: cuentas bancarias conjuntas con actividad regular por ambas partes, tarjetas de crédito conjuntas, uno de los cónyuges nombrado beneficiario del seguro de vida o las cuentas de jubilación del otro, declaraciones de impuestos conjuntas (si están casados y presentan una declaración conjunta).
Fotos juntos: A lo largo de vuestra relación, desde que se conocieron hasta el presente: fotos de la boda, luna de miel, vacaciones, reuniones familiares, vida cotidiana. Organízalas cronológicamente con leyendas que expliquen cuándo y dónde se tomaron y quiénes aparecen en ellas.
Historial de comunicaciones: correos electrónicos, mensajes de texto, mensajes de WhatsApp, registros telefónicos, registros de video llamadas, especialmente importantes si mantenías una relación a distancia antes del matrimonio o si uno de los cónyuges viaja con frecuencia.
Viajen juntos: itinerarios de vuelo, reservas de hotel, fotos de vacaciones que demuestren que han viajado en pareja.
Declaraciones juradas de personas que te conocen: Cartas de amigos, familiares, compañeros de trabajo, vecinos, líderes religiosos u otras personas que puedan dar fe personalmente de tu relación genuina. Estas deben estar certificadas por un notario e incluir la relación del autor contigo y cómo saben que tu matrimonio es real.
Para las parejas que se enfrentan a un escrutinio adicional: si su relación presenta señales de alerta (matrimonio precipitado, conocidos por las redes sociales (Internet), gran diferencia de edad, etc.), necesitarán aún más documentación. Le ayudamos a construir el caso más sólido posible identificando los huecos en sus pruebas y mostrándole exactamente qué documentación adicional debe recopilar.
Preparación y presentación del formulario I-130
Formulario I-130 (Petición para familiar extranjero): Usted (el ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde) presenta este formulario para establecer su relación matrimonial válida con su cónyuge. Para ello, es necesario proporcionar información biográfica detallada sobre ambos cónyuges, historial matrimonial completo, direcciones, empleos actuales, información sobre los hijos, y prestar especial atención a las fechas y la coherencia.
Param I-485 (Ajuste de estatus): Si su cónyuge se encuentra en Estados Unidos con un estatus válido, puede presentar el formulario I-485 para ajustar su estatus a residente permanente sin salir del país. Se trata de una solicitud independiente con sus propios formularios, examen médico, datos biométricos y entrevista.
Presentación simultánea para ciudadanos estadounidenses: Si usted es ciudadano estadounidense y su cónyuge se encuentra en los Estados Unidos, puede presentar los formularios I-130 e I-485 juntos al mismo tiempo. Esto acelera considerablemente el proceso.
Los titulares de la tarjeta verde no pueden presentar la solicitud simultáneamente: si usted es residente permanente legal (no ciudadano estadounidense), debe presentar primero el formulario I-130 y esperar, dependiendo de su categoría, aproximadamente entre dos y tres años hasta que el número de visa esté disponible en la categoría F2A antes de que su cónyuge pueda presentar el formulario I-485. Esta es una de las principales razones por las que muchos titulares de tarjetas verdes deciden solicitar la ciudadanía: para eliminar este período de espera para sus cónyuges.
Autorización de trabajo y documentos de viaje: Mientras el I-485 está pendiente, también podemos presentar el formulario I-765 (autorización de trabajo) y el el formulario I-131 (documento de viaje con permiso anticipado), lo que le permitirá a su cónyuge trabajar y viajar mientras espera su tarjeta de residencia.
Preparamos todos los formularios meticulosamente, redactamos cartas de presentación detalladas para los casos complejos y nos aseguramos de que todo se presente correctamente la primera vez para evitar retrasos o solicitudes de pruebas adicionales.
Procesamiento del USCIS: datos biométricos y verificación de antecedentes
Plazos (estimados): Notificación de recepción en un plazo de 2 a 4 semanas, cita para la toma de datos biométricos entre 4 y 8 semanas después de la presentación.
Después de presentar la solicitud, recibirás notificaciones de recepción de USCIS confirmando que han aceptado tu solicitud. En un plazo de 4 a 8 semanas, se programará una cita para tu cónyuge en un Centro de Apoyo para Solicitudes de USCIS local para tomar sus huellas dactilares, fotos y firma para la verificación de antecedentes.
El USCIS lleva a cabo verificaciones de antecedentes por parte del FBI, revisa el historial migratorio y verifica la información contenida en la solicitud. Durante este tiempo, el USCIS puede emitir solicitudes de pruebas (RFE) en las que se pide documentación adicional o aclaraciones; nosotros respondemos a estas solicitudes de manera estratégica y minuciosamente.
Autorización de trabajo y documentos de viaje: Mientras espera la entrevista para la tarjeta verde, el USCIS suele aprobar la autorización de trabajo (EAD) y los documentos de viaje de libertad condicional anticipada en un plazo de 3 a 6 meses desde la presentación de la solicitud, lo que permite a su cónyuge trabajar legalmente y viajar al extranjero mientras el caso está pendiente.
Entrevista para la tarjeta verde por matrimonio: el paso más importante
Plazo: Programado entre 8 y 18 meses después de presentar el formulario I-485 para la mayoría de las parejas de Seattle.
La entrevista matrimonial es el momento decisivo de su solicitud. El USCIS programa una entrevista en persona en su oficina local (la oficina de Seattle, situada en 12500 Tukwila International Blvd, para los residentes del condado de King), donde un funcionario del USCIS verificará que su matrimonio es auténtico y no se ha contraído únicamente con fines de inmigración.
Qué ocurre en la entrevista:
Ambos cónyuges deben asistir. Ambos prestarán juramento y serán interrogados.
El funcionario revisa su solicitud y le hace preguntas sobre cómo se conocieron, su noviazgo, su boda y su vida cotidiana juntos.
Responderás preguntas sobre tu relación, a veces por separado, para ver si tus respuestas coinciden. Estas pueden ser muy detalladas y personales.
El funcionario puede solicitar documentos adicionales si tiene alguna duda.
Al final, el funcionario puede aprobarlo en el acto (recibirá su tarjeta verde por correo en un plazo de 2 a 3 semanas), o puede que necesite revisarlo más a fondo y enviarle la decisión por correo más adelante.
Preguntas típicas en la entrevista:
¿Cómo se conocieron? ¿Cuándo y dónde?
¿Quién invitó a quién a la primera cita? ¿Adónde fueron?
¿Cuándo decidieron casarse? ¿Quién lo propuso y cómo?
Describe tu ceremonia de boda. ¿Quiénes asistieron?
¿Dónde vives? Describe tu casa.
¿En qué lado de la cama duerme tu pareja?
¿A qué hora se levanta tu pareja para ir al trabajo?
¿Qué cenaste anoche?
¿Cuáles son los pasatiempos de tu cónyuge?
¿Cuándo fue la última vez que te comunicaste con la familia de tu cónyuge?
Estas preguntas evalúan si realmente se conocen íntimamente como lo hacen las parejas casadas. Si sus respuestas no coinciden o no pueden responder preguntas básicas sobre su vida cotidiana juntos, el USCIS puede sospechar que hay fraude.
En los casos con señales de alerta: si el USCIS tiene dudas sobre su matrimonio (matrimonio rápido, conocido por las redes sociales (Internet), gran diferencia de edad, etc.), espere preguntas más detalladas y, posiblemente, una segunda entrevista denominada «entrevista Stokes», en la que se les entrevistará por separado y los funcionarios compararán sus respuestas línea por línea.
Nuestra preparación para la entrevista es minuciosa: realizamos simulacros completos de entrevistas con ambos cónyuges, revisamos toda su solicitud línea por línea, lo preparamos para preguntas difíciles, le explicamos cómo responder con sinceridad, discutimos qué documentos debe traer y desarrollamos estrategias para abordar cualquier punto débil de su caso.
Aprobación de la tarjeta verde: condicional vs. permanente
Si se aprueba, su cónyuge recibirá su tarjeta de residencia por correo en un plazo de 2 a 3 semanas. El tipo de tarjeta de residencia depende del tiempo que lleven casados:
Tarjeta verde condicional de 2 años (matrimonios de menos de 2 años):
Si llevas menos de dos años casado en el momento de la aprobación de la tarjeta verde, tu cónyuge recibirá una tarjeta verde condicional válida solo por dos años. Esta es la forma en que el USCIS combate el fraude matrimonial: quieren ver que tu matrimonio dura más allá de la obtención de la tarjeta verde.
Antes del segundo aniversario (especificamente, durante el plazo de 90 días antes de que expire), usted y su cónyuge deben presentar conjuntamente el formulario I-751 (Petición para eliminar las condiciones de residencia) y obtener una tarjeta de residencia permanente por 10 años. El formulario I-751 requiere demostrar que su matrimonio sigue vigente y es auténtico con pruebas actualizadas (cuentas conjuntas, facturas, contrato de alquiler, fotos de los últimos dos años, etc.). Si están separados o divorciados, deberán proporcionar pruebas de que el matrimonio fue auténtico durante el tiempo que estuvieron juntos después de la aprobación de la tarjeta de residencia.
Si no presenta el formulario I-751 durante el plazo de 90 días, la tarjeta de residencia de su cónyuge caducará automáticamente y correrá el riesgo de comparecer ante un juez de inmigración. Esto es muy grave, por lo que ayudamos a nuestros clientes a configurar recordatorios y a comenzar a preparar la documentación del formulario I-751 con anticipación.
Tarjeta verde permanente de 10 años (matrimonios de más de 2 años):
Si ha estado casado durante 2 años o más en el momento de la aprobación de la tarjeta verde, su cónyuge recibirá una tarjeta verde permanente de 10 años sin condiciones. Es la misma tarjeta verde que tienen todos los demás. Su cónyuge puede renovarla cada 10 años de forma indefinida, o puede solicitar la ciudadanía estadounidense después de 3 años de matrimonio con un ciudadano estadounidense (o 5 años si usted es titular de una tarjeta verde).
Formulario I-751 - Eliminación de condiciones (si corresponde)
Plazo: Presente la solicitud durante el plazo de 90 días antes del segundo aniversario de la recepción de la tarjeta de residencia condicional.
Si su cónyuge recibió una tarjeta de residencia condicional, deben presentar conjuntamente el formulario I-751 antes de que se cumplan dos años para eliminar las condiciones. Para ello es necesario:
Presentar el formulario I-751 juntos como matrimonio (solicitud conjunta)
Pruebas actualizadas que demuestren que su matrimonio sigue siendo real (cuentas conjuntas, facturas, contrato de alquiler, declaraciones de impuestos, fotos de los últimos 2 años).
Declaraciones juradas de personas que dan fe de tu matrimonio actual.
Posiblemente asistir a otra entrevista si USCIS tiene preguntas.
Exenciones I-751 si ya no están juntos:
Si se ha divorciado o separado antes de cumplir los dos años, su cónyuge aún puede presentar el formulario I-751 por su cuenta con una exención. Las exenciones están disponibles si:
El matrimonio terminó en divorcio, pero se contrajo de buena fe.
Sufriste violencia doméstica o crueldad extrema durante el matrimonio.
La eliminación de las condiciones causaría graves dificultades a su cónyuge.
Tratamos regularmente solicitudes I-751 para parejas conjuntas, parejas separadas y divorciados, incluyendo situaciones complejas de exención. Muchas parejas no se dan cuenta de que necesitan ayuda legal hasta que se acerca la fecha de los dos años; recomendamos comenzar el proceso seis meses antes de su plazo de 90 días para asegurarse de que todo esté debidamente preparado.
Camino hacia la ciudadanía y planificación migratoria a largo plazo
Una vez que su cónyuge tenga su tarjeta de residencia permanente (ya sea inicialmente o después de eliminar las condiciones), podrá solicitar la ciudadanía estadounidense a través de la naturalización:
Si está casado con un ciudadano estadounidense: su cónyuge puede solicitar la ciudadanía después de 3 años como residente permanente, siempre y cuando sigan casados y viviendo juntos.
Si está casado con un titular de la tarjeta verde: su cónyuge debe esperar 5 años como residente permanente para solicitar la ciudadanía (igual que todos los demás).
Ayudamos con las solicitudes de ciudadanía, completando el proceso de inmigración de su familia, desde la solicitud de matrimonio hasta la ciudadanía estadounidense. También podemos ayudar con:
Patrocinar a los hijos de su cónyuge para que se reúnan con ellos en los Estados Unidos (hijastros)
Patrocinar a otros miembros de la familia una vez que su cónyuge se naturalice
Mantener la residencia permanente si necesita viajar o vivir en el extranjero temporalmente
Comprender cómo afecta el divorcio al estatus migratorio
¿Por qué elegir L.I.H. Law para Su Caso de Ciudadanía?
Nuestra Especialidad
Experiencia Con Procesos Migratorios Complejos: Basados en la Familia, Reunificación Familiar, VAWA, Exenciones.
20+ Años Exclusivamente Practicando el Derecho Migratorio
-
La abogada Lesley Irizarry-Hougan ha dedicado toda su carrera jurídica al derecho migratorio desde que se graduó en la Facultad de Derecho de la Universidad del Norte de Illinois.
-
A diferencia de los abogados generalistas que ocasionalmente se ocupan de casos de inmigración, Lesley se dedica exclusivamente al derecho migratorio. Esto significa que comprende los matices de la ley de inmigración de los Estados Unidos, se mantiene al día sobre los cambios en las políticas y conoce el funcionamiento de la oficina del USCIS en Seattle.
Servicio Totalmente Bilingüe: Se Habla Español.
-
Todo nuestro personal habla español con fluidez, no solo la recepcionista. Desde su primera llamada hasta la ceremonia de juramento, podrá comunicarse en el idioma con el que se sienta más cómodo.
-
Traducimos documentos, explicamos conceptos legales en español y nos aseguramos de que usted comprenda completamente cada paso. Esta competencia cultural y lingüística nos permite brindar un mejor servicio a la gran comunidad de inmigrantes latinos de Seattle, aunque aceptamos clientes de todos los orígenes.
Hija de un Veterano con Raíces Profundas en la Comunidad
-
Como hija de un veterano militar estadounidense, la abogada Lesley Irizarry-Hougan siente un profundo respeto por el significado de la ciudadanía estadounidense y los sacrificios que las familias hacen para conseguirla.
-
Ella comprende tanto la experiencia de los inmigrantes como los valores estadounidenses, lo que le permite aportar una perspectiva única a cada caso.
Participación Activa en la Comunidad
-
L.I.H. Law no solo se dedica al derecho migratorio, sino que también presta servicios activamente a la comunidad inmigrante de Seattle. La abogada Lesley es voluntaria en
-
clínicas de ciudadanía patrocinadas por la Oficina de Asuntos de Inmigrantes y Refugiados de Seattle, ayuda a los inmigrantes a solicitar la ciudadanía en los eventos del Día de la Naturalización, ofrece servicios gratuitos a través del Proyecto de Derechos de los Inmigrantes del Noroeste (NWIRP) e imparte talleres gratuitos sobre inmigración en todo el estado de Washington.
Tarifas Transparentes y Razonables
-
Ofrecemos precios claros y transparentes, sin costos ocultos. Nuestras tarifas están estructuradas de forma justa y ofrecemos planes de pago cuando es necesario.
Conocimiento Local
-
Conocimiento Profundo de los Procedimientos de la Oficina Local de USCIS en Seattle.
Proceso transparente
-
Proceso claro con expectativas de plazos
Servicio al cliente
-
Atención personalizada en todo momento: usted no es solo un número de expediente.
Resultados probados
-
Más de 70 evaluaciones de cinco estrellas en Google de clientes satisfechos de su Ciudadania.
Preguntas Frecuentes
-
Los tiempos de tramitación varían considerablemente dependiendo de si está casado con un ciudadano estadounidense o con un titular de la tarjeta verde, y de si su cónyuge se encuentra en los Estados Unidos o en el extranjero:
Para ciudadanos estadounidenses que patrocinan a sus cónyuges en los Estados Unidos (presentación simultánea de los formularios I-130/I-485):
Tiempo total (estimado): entre 10 y 24 meses desde la presentación de la solicitud hasta la obtención de la tarjeta verde.
Esta es la vía más rápida porque presenta ambos formularios juntos.
Su cónyuge recibirá la autorización de trabajo (EAD) y el documento de viaje (permiso anticipado) en un plazo de entre 3 y 6 meses (aproximadamente) mientras espera la entrevista.
Para ciudadanos estadounidenses que patrocinan a cónyuges en el extranjero (trámite consular):
Tiempo total: 12-24 meses
De 6 a 14 meses para la aprobación del I-130.
De 2 a 6 meses para la tramitación de la NVC y la programación de la entrevista.
Tu cónyuge puede entrar en los Estados Unidos como residente permanente en un plazo de 6 meses a partir de la emisión del visado.
Para los titulares de la tarjeta verde que patrocinan a sus cónyuges:
Tiempo total (estimado): 2-4 años (mucho más debido a los retrasos en la tramitación de los visados).
De 6 a 14 meses para la aprobación del I-130.
Luego, 2-3 años adicionales esperando a que haya un número de visa disponible en la categoría F2A.
Luego, entre 8 y 18 meses para la tramitación del I-485 una vez que haya un número de visa disponible.
Importante: Estas son estimaciones basadas en los tiempos de procesamiento actuales de tiempos de tramitación de USCIS. Su plazo real puede ser más corto o más largo dependiendo de la carga de trabajo de su oficina local, la complejidad del caso y si el USCIS emite alguna solicitud de pruebas.
Cómo acelerar el proceso: si usted es titular de una tarjeta verde, la forma más rápida de traer a su cónyuge a los Estados Unidos es naturalizarse y convertirse primero en ciudadano estadounidense. Esto elimina la espera de 2 a 3 años para obtener los números de visa F2A y permite a su cónyuge solicitar el ajuste de estatus de inmediato.
-
Las tarjetas de residencia condicionales se expiden a los cónyuges que llevan menos de dos años casados en el momento en que se aprueba su tarjeta de residencia. Esta es la principal herramienta del USCIS para combatir el fraude matrimonial: al hacer que la tarjeta de residencia sea condicional durante dos años, el USCIS puede verificar que su matrimonio dura más allá de la obtención de beneficios de inmigración.
Datos clave sobre las tarjetas de residencia condicionales:
La tarjeta tiene una validez de exactamente 2 años a partir de la fecha de emisión.
En la tarjeta pone «Residente condicional».
Durante esos dos años, usted tiene los mismos derechos que un titular habitual de la tarjeta verde (puede trabajar, viajar, etc.).
Si no elimina las condiciones antes de que expire, corre el riesgo de perder la residencia permanente y puede ser objeto de un proceso de expulsión.
Puede renovarlo aunque haya caducado, y nosotros le ayudaremos en este complejo proceso.
Eliminación de condiciones con el formulario I-751:
Si presenta una solicitud conjunta (todavía está casado con su cónyuge), debe presentar el formulario I-751 (Solicitud para eliminar las condiciones de residencia) durante el plazo de 90 días antes de su segundo aniversario. Esto significa que si su tarjeta de residencia condicional expira el 1 de junio de 2027, puede presentar el I-751 en cualquier momento entre el 3 de marzo de 2027 y el 1 de junio de 2027. No pierda este plazo, es muy importante.
Para eliminar las condiciones, debe demostrar que su matrimonio sigue siendo auténtico:
Documentos financieros conjuntos actualizados (extractos bancarios, declaraciones de impuestos, pólizas de seguro de los últimos 2 años)
Prueba actualizada de que aún viven juntos (contrato de alquiler, hipoteca, facturas de servicios públicos)
Fotos juntos a lo largo de los dos años.
Declaraciones juradas de amigos/familiares que certifiquen que su matrimonio sigue vigente.
Certificados de nacimiento de los hijos nacidos durante el período de residencia condicional.
El USCIS puede programar otra entrevista (menos habitual que la entrevista inicial para la tarjeta verde, pero aún así posible). Si se aprueba, su cónyuge recibirá una tarjeta verde permanente con una validez de 10 años.
¿Qué pasa si nos divorciamos o separamos antes de cumplir los dos años?
Su cónyuge aún puede presentar el formulario I-751 por su cuenta con una exención si:
El matrimonio era auténtico cuando te casaste, pero terminó en divorcio: debes demostrar que el matrimonio era real, aunque no funcionara.
Usted fue maltratado o sometido a crueldad extrema durante el matrimonio (violencia doméstica).
La eliminación de las condiciones causaría dificultades extremas a su cónyuge (requisito difícil de cumplir).
Las exenciones I-751 son complejas y requieren pruebas sustanciales. Nos ocupamos de estos casos con regularidad y podemos asesorarle sobre si su situación cumple los requisitos y qué pruebas necesitará, incluso si su tarjeta de residencia condicional ha caducado o está a punto de caducar.
-
El USCIS examina minuciosamente todos los casos de tarjetas de residencia basadas en el matrimonio para detectar posibles fraudes, pero algunos matrimonios son objeto de más sospechas que otros. Si su relación presenta ciertas «señales de alarma», necesitará pruebas más sólidas y una mejor preparación.
Señales de alerta que desencadenan un escrutinio adicional:
Os conocisteis por Internet a través de sitios web internacionales de citas.
Te casaste muy rápido después de conocerte en persona (semanas o meses).
Hay una gran diferencia de edad entre ustedes (más de 10 años).
Este es el segundo, tercer o cuarto matrimonio para cualquiera de los cónyuges.
Te casaste justo antes de que expirara el visado de tu cónyuge o de que se enfrentara a la deportación.
Actualmente no viven juntos a tiempo completo.
Uno de los cónyuges tiene un dominio limitado del inglés.
Uno de los cónyuges mantiene económicamente al otro por completo.
Ninguna de estas señales de alerta significa que tu matrimonio sea falso o que te lo vayan a denegar. Miles de parejas en estas circunstancias obtienen con éxito la tarjeta verde cada año. Pero tienes que estar preparado para demostrar que tu matrimonio es auténtico con pruebas sólidas.
Cómo demostrar que tu matrimonio es real:
El USCIS quiere comprobar que usted mantiene una relación matrimonial auténtica y duradera. Las mejores pruebas incluyen:
1. Prueba de que viven juntos:
Contrato de arrendamiento o hipoteca conjunta a nombre de ambos
Facturas de servicios públicos dirigidas a ambos cónyuges en la misma dirección.
Correo de diferentes fuentes que muestra que ambos reciben correo en la misma dirección.
2. Mezcla de fondos:
Cuentas bancarias conjuntas con depósitos y retiros regulares por ambas partes.
Tarjetas de crédito conjuntas utilizadas por ambos cónyuges.
Cada cónyuge nombrado como beneficiario en el seguro de vida, las cuentas de jubilación o los testamentos del otro.
Declaraciones de impuestos conjuntas (si presentó una declaración conjunta)
3. Fotos a lo largo de tu relación:
Desde que os conocisteis hasta hoy
Fotos de boda y luna de miel
Días festivos, vacaciones, reuniones familiares
Fotos de la vida cotidiana que muestran cómo viven juntos como pareja.
Fotos con las familias de cada uno
4. Historial de comunicación (especialmente para parejas que se conocieron por Internet o tuvieron períodos de relación a distancia):
Correos electrónicos, mensajes de texto y mensajes de WhatsApp que muestran el desarrollo de tu relación.
Registros telefónicos o registros de videochat
Capturas de pantalla de interacciones en redes sociales
5. Declaraciones juradas de terceros:
Cartas notariales de amigos, familiares, compañeros de trabajo y vecinos que os conozcan como pareja.
Las cartas deben explicar cómo te conocen, con qué frecuencia os ven juntos y por qué creen que tu matrimonio es auténtico.
La entrevista es donde realmente lo demuestras:
Los funcionarios del USCIS hacen preguntas detalladas y personales sobre su vida cotidiana juntos para comprobar si realmente se conocen íntimamente como lo hacen las parejas casadas. Si no puede responder a preguntas básicas sobre la rutina de su cónyuge, en qué lado de la cama duerme, qué desayunó o cuándo vio por última vez a su familia, los funcionarios pueden sospechar que se trata de un fraude.
Nuestro trabajo consiste en prepararle a fondo: realizamos simulacros de entrevistas, revisamos toda su solicitud, identificamos posibles puntos débiles y le enseñamos a responder a las preguntas con seguridad y coherencia. Con una preparación adecuada, las parejas con circunstancias complicadas demuestran cada día con éxito que sus matrimonios son auténticos.
-
Sí, siempre y cuando tengan un I-765 (permiso de trabajo) aprobado. Si su cónyuge se encuentra en los Estados Unidos y presenta el Formulario I-485 (Ajuste de estatus), también puede presentar el Formulario I-765 (Solicitud de autorización de empleo) al mismo tiempo.
Detalles de la autorización de trabajo (EAD):
Plazos (estimados): Por lo general, el USCIS aprueba el EAD en un plazo de 3 a 6 meses desde la presentación de la solicitud.
Validez: La autorización de trabajo tiene una validez de entre 1 y 5 años y puede renovarse si aún no se ha aprobado la tarjeta de residencia.
Sin restricciones: tu cónyuge puede trabajar para cualquier empleador en cualquier puesto una vez que tenga el EAD.
Número de la Seguridad Social: con el EAD, tu cónyuge puede solicitar un número de la Seguridad Social si aún no lo tiene.
Viajar mientras el I-485 está pendiente:
También presentamos el formulario I-131 (Solicitud de documento de viaje con permiso anticipado) al mismo tiempo. Esto permite a su cónyuge viajar fuera de los Estados Unidos y regresar mientras la I-485 está pendiente sin abandonar su solicitud. Sin el permiso anticipado, salir de los Estados Unidos implica automáticamente el abandono de su solicitud I-485.
Tarjeta combinada: El USCIS puede emitir una única «tarjeta combinada» que sirve tanto como autorización de trabajo (EAD) como documento de viaje de libertad condicional anticipada en una sola tarjeta.
Importante: Si su cónyuge se encuentra en el extranjero, no podrá trabajar en los Estados Unidos hasta que reciba su visa de inmigrante y entre en los Estados Unidos como residente permanente. Los casos de tramitación consular no tienen EAD ni permiso anticipado de reingreso, ya que estos solo están disponibles durante el ajuste de estatus en los Estados Unidos.
-
Esta es una de las situaciones más comunes y complicadas en la inmigración basada en el matrimonio. La respuesta depende en gran medida de si usted es ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta verde, y de cómo entró su cónyuge en los Estados Unidos.
Si eres ciudadano estadounidense (no titular de una tarjeta verde):
Escenario 1: Su cónyuge ingresó CON inspección (entró por un puerto de entrada, aunque posteriormente haya excedido el plazo de estancia):
Buenas noticias: es probable que puedan ajustar su estatus en EE. UU. a pesar de haber excedido el plazo de permanencia de su visado.
A los familiares directos de ciudadanos estadounidenses se les perdona la mayoría de los casos de permanencia ilegal tras la expiración del visado.
Pueden presentar el formulario I-485 y obtener su tarjeta de residencia sin salir del país.
Excepción: Si permanecieron más de 180 días y luego abandonaron los Estados Unidos, se les aplicó una prohibición de 3 o 10 años y necesitan una exención.
Escenario 2: Su cónyuge entró SIN inspección (cruzó la frontera ilegalmente, sin inspección por parte del funcionario de inmigración):
Malas noticias: por lo general, NO PUEDEN ajustar su estatus en los Estados Unidos, incluso siendo familiares directos de ciudadanos estadounidenses.
Deben salir de los Estados Unidos para realizar los trámites consulares necesarios para obtener su tarjeta de residencia.
Pero salir del país activa la prohibición de 3 o 10 años por presencia ilegal si estuvieron en los EE. UU. ilegalmente por más de 180 días.
Solución: Solicite una exención provisional por presencia ilegal I-601A ANTES de salir de los Estados Unidos. Si se aprueba esta exención, se perdona la prohibición de 3 o 10 años y se les permite obtener su visa de inmigrante en el extranjero y regresar rápidamente a los Estados Unidos.
Excepción: Si su cónyuge cumple los requisitos del artículo 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (alguien presentó una solicitud de inmigración o de certificación laboral para él o ella antes del 30 de abril de 2001), puede pagar una multa de 1000 dólares y regularizar su situación en los Estados Unidos a pesar de haber entrado ilegalmente.
Si eres titular de una tarjeta verde (no ciudadano estadounidense):
Normas mucho más estrictas: por lo general, su cónyuge no puede ajustar su estatus en los Estados Unidos si entró ilegalmente O si excedió el plazo de su visado en más de 180 días.
Deben salir del país para tramitar los trámites consulares, lo que activa las prohibiciones por presencia ilegal.
Las exenciones son más difíciles de obtener, ya que requieren demostrar «dificultades extremas» para un familiar que reúna los requisitos.
Nuestra recomendación: Si su cónyuge tiene una presencia ilegal significativa o ha entrado ilegalmente en el país, considere la posibilidad de naturalizarse y convertirse en ciudadano estadounidense antes de patrocinarlo. Esto le ofrece muchas más opciones y disposiciones de indulto.
Deportaciones anteriores u órdenes de expulsión:
Si su cónyuge fue deportado anteriormente o tiene una orden definitiva de expulsión, es probable que tenga una prohibición permanente o una prohibición de 10/20 años, dependiendo de las circunstancias. Necesitará el permiso I-212 para volver a solicitar la admisión y, posiblemente, otras exenciones. Se trata de casos extremadamente complejos, por lo que le recomendamos que consulte con un abogado especializado en inmigración antes de presentar cualquier solicitud.
Advertencia importante: NO presente el formulario I-485 si su cónyuge no reúne los requisitos para ajustar su estatus. Presentarlo sin reunir los requisitos puede dar lugar a un proceso de expulsión y empeorar la situación. Analizamos cuidadosamente toda su situación antes de aconsejarle si es seguro presentar la solicitud.
En L.I.H. Law, manejamos regularmente casos complejos relacionados con presencia ilegal, entrada ilegal y violaciones previas. Le daremos una evaluación honesta de sus opciones, los riesgos involucrados y la mejor estrategia para su familia.
¿Tienes más preguntas?Consulte nuestra página de preguntas frecuentes →
Lo que Dicen Nuestros Clientes
★★★★★
«Estamos muy agradecidos por el increíble apoyo y orientación que recibimos de Lesley Ann Irizarry-Hougan durante todo el proceso de obtención de la tarjeta verde. Desde el principio, nos explicó cada paso con claridad, respondió a todas nuestras preguntas con paciencia y siempre nos hizo sentir seguros y preparados. El proceso de la entrevista puede ser estresante, pero gracias a la profesionalidad y la minuciosa preparación de Lesley, todo salió bien y con éxito. Lo que más nos llamó la atención no fue solo su profundo conocimiento de la ley de inmigración, sino también el cuidado y la atención personalizados que nos brindó como clientes. Gracias a su arduo trabajo y dedicación, ahora tengo mi tarjeta de residencia y no podríamos estar más felices».
— Adelia, reseña en Avvo (septiembre de 2025) - Éxito en la obtención de la tarjeta verde por matrimonio.
★★★★★
«¡Todo el proceso fue muy bien! Sin duda, recomiendo a Lesley y a su equipo».
— Chere Bautista, reseña en Google
★★★★★
«Lesley es una excelente abogada de inmigración. Siempre está al tanto de todos los detalles del caso. Es muy competente, profesional y muy fácil de tratar. Sus habilidades bilingües fueron de gran ayuda, ya que mi novia habla principalmente español, y eso hizo que todo el proceso fuera mucho más fácil para ambos. Lesley hizo que lo que podría haber sido un proceso de inmigración estresante y abrumador fuera manejable e incluso agradable. Si buscas a alguien que no solo sea experta y profesional, sino también genuinamente atenta y fácil de tratar, te recomiendo encarecidamente a Lesley».
— Brandon, reseña en Avvo - Caso de inmigración por matrimonio
★★★★★
«Con este despacho, no solo tienes un abogado que se preocupa por ti, sino que también te defiende como si fuera un miembro de tu familia. ¡La seriedad de sus consejos ha cambiado mi vida para mejor!».
— María Soto, reseña en Google (traducida del español)
★★★★★
«Muy buena comunicación y buen equipo de trabajo. La abogada Leslie y su equipo siempre están al tanto de los casos y de la documentación que hay que presentar».
— José Alexander Torres, reseña en Google (traducida del español)
★★★★★
«Ha sido un camino largo, pero ha merecido la pena esperar gracias al esfuerzo y la dedicación de la abogada. Un sueño más cumplido y, por fin, haber llegado al final del túnel y ver la luz. Es un honor haber contado con su ayuda y apoyo. Es una gran persona».
— Oscar Rivas, reseña en Google (traducida del español)