Reúna a su familia en los Estados Unidos

La separación familiar es una de las experiencias más dolorosas que cualquier persona puede sufrir.

En L.I.H. Law, entendemos que traer a sus seres queridos a los Estados Unidos no es solo un proceso legal, sino que se trata de reunir a las familias, mantener a los niños con sus padres, permitir que los cónyuges construyan sus vidas juntos y honrar los lazos que nos unen más allá de las fronteras.

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La inmigración basada en la familia permite a los ciudadanos estadounidenses y a los residentes patrocinar a determinados familiares para que obtengan la residencia permanente en los Estados Unidos.

Este proceso comienza con la presentación del Formulario I-130 (Petición para un familiar extranjero) ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), en el que se establece su relación con su familiar. Una vez aprobada, su familiar puede solicitar la visa de inmigrante y, finalmente, recibir una tarjeta de residencia, lo que le permitirá vivir y trabajar de forma permanente en los Estados Unidos.

La abogada Lesley Irizarry-Hougan ha dedicado más de 20 años exclusivamente al derecho migratorio en Seattle, ayudando a cientos de familias a navegar por el complejo proceso de solicitud para reunirse con sus seres queridos. Su personal, totalmente bilingüe, con un español fenomenal, garantiza que el idioma nunca sea una barrera: tanto si desea patrocinar a su cónyuge, hijos, padres o hermanos, nos comunicaremos en el idioma con el que se sienta más cómodo durante todo el proceso.

L.I.H. Law se especializa en casos complejos de inmigración familiar que otros abogados de Seattle pueden rechazar. Ayudamos a familias separadas por años de espera, parejas que navegan solicitudes basadas en el matrimonio con historiales migratorios complicados, padres que patrocinan a hijos adultos con denegaciones de visas previas, hermanos que se enfrentan a retrasos de décadas y familias con estatus mixtos que intentan mantener a todos juntos. No nos limitamos a rellenar formularios, sino que desarrollamos estrategias integrales para superar los obstáculos, le preparamos a fondo para las entrevistas y defendemos con pasión el derecho de su familia a estar junta.

Servicios de Inmigración Familiar que Ofrecemos

Guiamos a las familias del área de Seattle en todos los aspectos de la inmigración basada en la familia, incluyendo:

Solicitudes para familiares inmediatos (sin lista de espera)

Ciudadanos estadounidenses que patrocinan a cónyuges, hijos solteros menores de 21 años o padres (el solicitante debe ser mayor de 21 años).

Tarjetas de residencia basadas en el matrimonio (I-130 e I-485)

Incluidas las parejas del mismo sexo, las familias LGBTQ+, los matrimonios internacionales y los segundos matrimonios.

Solicitudes por preferencia familiar (sujetas a retrasos en la tramitación de visados)

Categorías F1, F2A, F2B, F3 y F4 para hijos adultos solteros, hijos casados y hermanos de residentes permanentes legales.

Tramitación consular

Para los familiares en el extranjero que obtendrán visas de inmigrante a través de las embajadas o consulados de los Estados Unidos.

Centro Nacional de Visados (NVC) Tramitación

Gestionar la presentación de documentos, el pago de tasas y la programación de entrevistas tras la aprobación del formulario I-130.

Declaración jurada de manutención (Formulario I-864)

Demostrar la capacidad financiera para patrocinar a su familiar al 125 % de las pautas federales de pobreza.

Patrocinadores conjuntos y copatrocinadores

Cuando el solicitante principal no cumple por sí solo los requisitos de ingresos

Eliminación de condiciones (I-751)

Para los cónyuges que recibieron tarjetas de residencia condicionales de 2 años a través de matrimonios recientes.

Seguimiento de fechas de prioridad y Boletín de Visas Supervisadas

Le mantendremos informado cuando el número de visas de su familiar esté vigente.

Casos complejos con infracciones migratorias previas

Abordar la presencia ilegal, la permanencia ilegal tras la expiración de su visa, las deportaciones previas o la entrada sin inspección.

Exenciones de inadmisibilidad (I-601/I-601A/I-212)

Superar los obstáculos para obtener la tarjeta verde (residencia) debido a presencia ilegal, fraude o antecedentes penales.

Casos de unidad familiar y mantenimiento de la unidad familiar

Estrategias para evitar la separación familiar durante los procedimientos de inmigración

Beneficiarios derivados

Inclusión de los hijos de los beneficiarios principales en las solicitudes familiares

Peticiones de hijastros y padrastros

Establecimiento de relaciones familiares reconstituidas que cumplen los requisitos y que se formaron antes de que el niño cumpliera 18 años.

Peticiones de niños adoptados

Inmigración para niños adoptados internacional o nacionalmente

Familiares de refugiados/asilados que se reúnen con ellos

Traer a los familiares de refugiados y asilados a los Estados Unidos (Formulario I-730)

Nuestro proceso de inmigración familiar

Consulta inicial - Evaluación integral de la familia

Realizamos una revisión detallada de toda su situación familiar, incluyendo su estatus migratorio (ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde), la relación que tiene con el familiar que desea patrocinar (cónyuge, hijo, padre, hermano), la ubicación actual y el estatus migratorio de su familiar, cualquier infracción migratoria previa por cualquiera de las partes y su capacidad financiera para patrocinar.

Determinamos en qué categoría se incluye su solicitud (familiar directo sin lista de espera o preferencia familiar con esperas que pueden prolongarse durante años), calculamos los tiempos de tramitación estimados basándonos en los boletos de visas actuales, identificamos cualquier problema posible que pueda retrasar o complicar la solicitud y le ofrecemos orientación sincera sobre los plazos y los requisitos. Si aún no está listo para someter la solicitud, elaboramos una estrategia en la que se indican exactamente los pasos que debe seguir en primer lugar.


Recopilación de documentos y pruebas de relación

Las solicitudes basadas en la familia requieren una amplia documentación que demuestre que su relación es auténtica. Le proporcionamos una lista de verificación personalizada basada en su relación familiar específica.

Para todas las solicitudes: prueba de ciudadanía estadounidense o residencia permanente, certificados de nacimiento que acrediten los vínculos familiares, certificados de matrimonio (para cónyuges), sentencias de divorcio de matrimonios anteriores y documentos de cambio de nombre, si procede.

Para solicitudes basadas específicamente en el matrimonio: certificado de matrimonio, prueba de su relación (aunque no vivan juntos), prueba de que viven juntos (contrato de alquiler o hipoteca conjunta, cuentas bancarias conjuntas, facturas de servicios públicos conjuntas, pólizas de seguro conjuntas), fotos juntos a lo largo de la relación en diferentes períodos de tiempo, declaraciones juradas de amigos y familiares que los conocen como pareja, registros de viajes que demuestren que han viajado juntos, correspondencia entre ustedes (correos electrónicos, mensajes de texto, cartas).

Nuestro equipo bilingüe le guía en la obtención de documentos que le faltan de organismos gubernamentales en el extranjero, traduce documentos en idiomas extranjeros con traducciones certificadas y organiza todo de forma sistemática para su presentación.


Preparación y presentación del formulario I-130

Preparamos meticulosamente su formulario I-130 (Petición para un familiar extranjero), asegurándonos de que todas las respuestas sean precisas y coherentes con los documentos de respaldo. Este formulario requiere información biográfica detallada tanto sobre usted (el solicitante) como sobre su familiar (el beneficiario), historiales completos de inmigración, direcciones y empleos actuales, información sobre hijos y matrimonios anteriores, y especial atención a las fechas y la ortografía.

En casos complejos, preparamos cartas de presentación detalladas en las que explicamos las circunstancias a los funcionarios del USCIS de forma proactiva. Presentamos su formulario I-130 ante el USCIS, le proporcionamos copias completas de todo lo presentado y nos aseguramos de que tenga su número de recibo para realizar el seguimiento.

Opción de presentación simultánea (ajuste en un solo paso): si su familiar es un familiar directo de un ciudadano estadounidense, Y ya se encuentra en los Estados Unidos con un estatus válido, podemos presentar el formulario I-485 (Ajuste de Estatus) al mismo tiempo que el I-130, lo que considerablemente avanza el proceso.


Procesamiento y asignación de fecha de prioridad por parte del USCIS

Plazos: entre 6 y 50 meses para la aprobación del I-130, dependiendo de la categoría.

Después de presentar la solicitud, recibirá un aviso de recepción del USCIS confirmando que han aceptado su petición. El USCIS asigna una «fecha de prioridad» (la fecha en que recibieron su petición), que es esencial para las categorías de preferencia familiar con retrasos en la tramitación de visas.

Durante el proceso, el USCIS puede emitir solicitudes de pruebas (RFE) en las que se pide documentación adicional o aclaraciones. Respondemos a las RFE de forma estratégica y exhaustiva. En el caso de las solicitudes basadas en el matrimonio, el USCIS puede programar una entrevista para verificar la autenticidad de su relación.

Para familiares directos: Una vez que se apruebe su I-130, su familiar podrá continuar inmediatamente con los siguientes pasos, ya que no se aplica ningún período de espera para la visa.

Para las categorías de preferencia familiar: tras la aprobación del I-130, el nombre de su familiar pasa a una lista de espera. Los tiempos de tramitación varían considerablemente (todas estas cifras son aproximadas):

  • F1 (hijos adultos solteros de ciudadanos estadounidenses): actualmente entre 7 y 8 años.

  • F2A (cónyuges e hijos de targeta verde): 2-3 años

  • F2B (hijos adultos solteros de titulares de tarjetas verdes): 7-10 años

  • F3 (hijos casados de ciudadanos estadounidenses): 10-15 años

  • F4 (hermanos de ciudadanos estadounidenses): 15-20+ años

El tiempo es más largos para los países con alta demanda (México, Filipinas, China, India). Supervisamos el Boletín de Visas mensual y le informamos sobre cómo comprobar cuándo su familiar puede pasar al siguiente paso.


Procedimiento del Centro Nacional de Visas (NVC) (para familiares en el extranjero)

Plazo: entre 2 y 4 meses después de la aprobación del formulario I-130.

Si su familiar va a obtener su visa de inmigrante a través de una embajada o consulado de los Estados Unidos en el extranjero (trámite consular), el USCIS remitirá su formulario I-130 aprobado al Centro Nacional de Visas.

En NVC, su familiar debe:

  • Pagar el proceso de pago de visa del inmigrante ($325 dólares) y el pago de la declaración jurada de manutención ($120 dólares).

  • Enviar Formulario DS-260 (Solicitud de visa del inmigrante) en línea

  • Subir documentos civiles (certificados de nacimiento, certificados policiales, certificados de matrimonio, etc.)

  • Envíe los documentos financieros para la revisión del formulario I-864.

Le guiamos a través del sistema de portal de documentos del NVC, nos aseguramos de que todas las cargas cumplan con los requisitos técnicos, preparamos el formulario I-864 (Declaración jurada de apoyo) que demuestra su capacidad financiera para patrocinar y respondemos a cualquier solicitud de pruebas adicionales por parte del NVC.

Una vez que el NVC determina que su caso «cumple con la documentación requerida», le darán su entrevista para la visa de inmigrante de su familiar, en la embajada o en el consulado de los Estados Unidos en su país de origen.


Ajuste de estatus (Formulario I-485) (Para familiares en los EE. UU.)

Plazo: entre 8 y 36 meses después de la presentación, dependiendo de la carga de trabajo de la oficina local.

Si su familiar ya se encuentra en los Estados Unidos Y tiene una visa de inmigrante disponible de inmediato (para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses o categorías de preferencia familiar cuyas fechas de prioridad estén vigentes), puede solicitar el ajuste de estatus a residente permanente sin salir del país.

El paquete de solicitud I-485 incluye:

  • Formulario I-485 (Solicitud para registrar la Residencia Permanente)

  • Formulario I-864 (Declaración jurada de manutención)

  • Examen médico (Formulario I-693) realizado por un médico civil aprobado por el USCIS.

  • Solicitudes de permisos de trabajo y documentos de viaje (opcional, pero recomendado)

  • Documentos justificativos (documentos biográficos, fotografías, certificados de nacimiento, copias del pasaporte)

Su familiar acudirá a una cita para la toma de datos biométricos (huellas dactilares) después de presentar la solicitud. El USCIS programará una entrevista para el ajuste de estatus en su oficina local (la oficina local de Seattle para los residentes del condado de King). Preparamos minuciosamente a su familiar para esta entrevista, revisando todos los materiales de la solicitud y practicando las preguntas más probables.

Importante: El ajuste de estatus es posible solamente si su familiar entró a los Estados Unidos legalmente (con inspección). Los familiares que entraron sin inspección generalmente no pueden ajustar su estatus en los Estados Unidos, incluso si son familiares inmediatos, a menos que califiquen para excepciones específicas como la 245(i) o ciertas exenciones.


Entrevista para la Visa de inmigrante (Para familiares en el Extranjero)

Calendario: Programado por el NVC después de que el caso haya sido aprovado documentalmente.

Su familiar asistirá a una entrevista en la embajada o consulado de los Estados Unidos en su país de origen. El funcionario consular verificará toda la información de la solicitud, revisará las pruebas de la relación (especialmente importante en los casos basados en el matrimonio), confirmará el apoyo financiero mediante el formulario I-864, comprobará si existe algún motivo de inadmisibilidad y tomará una decisión final sobre la visa del inmigrante.

Ofrecemos una preparación detallada para la entrevista, que incluye preguntas de práctica, explicaciones sobre los documentos que debe llevar, orientación sobre cómo responder a preguntas sobre su relación y estrategias para abordar cualquier posible problema. Para casos especialmente complejos o que impliquen exenciones, la abogada Lesley puede proporcionar informes detallados por escrito para respaldar la solicitud de la visa de su familiar.

Si se aprueba, su familiar recibirá la visa de inmigrante en su pasaporte. Debe ingresar a los Estados Unidos dentro de los 6 meses posteriores a la emisión de la visa. Al ingresar, será residente permanente legal y su tarjeta de residencia física se envía por correo a la dirección en los Estados Unidos dentro de las 2 a 3 semanas.


Aprobación de la tarjeta verde y residencia condicional (si procede)

Una vez que su familiar haya ajustado su estatus con éxito o haya entrado en los Estados Unidos con visa de inmigrante, se convertirá en residente permanente legal (poseedor de la tarjeta verde).

Para la mayoría de los miembros de la familia: Recibirán la tarjeta de residencia válida por 10 años sin condiciones.

Para los cónyuges casados desde hace menos de dos años en el momento de la aprobación de la tarjeta verde: Reciben una tarjeta verde condicional de dos años. Antes de que se cumplan los dos años, deben presentar el formulario I-751 (Petición para eliminar las condiciones de residencia) junto con su cónyuge para demostrar que su matrimonio sigue siendo válido. Nos encargamos de las peticiones I-751, incluidas las solicitudes de exención si se ha divorciado o ha sufrido violencia doméstica.

Próximos pasos importantes: Su familiar puede trabajar inmediatamente en los Estados Unidos sin restricciones, viajar libremente dentro y fuera de los Estados Unidos (con la tarjeta verde), solicitar un número al Seguro Social, sí no lo tiene, y comenzar a acumular tiempo para poder ser elegible a la ciudadanía (5 años para la mayoría de los titulares de la tarjeta verde, o 3 años para los cónyuges de ciudadanos estadounidenses).


Una vez que su familiar haya recibido su tarjeta de residencia, podemos ayudarle con los familiares adicionales que desee patrocinar, solicitudes de ciudadanía una vez que su familiar sea elegible para naturalizarse, viajar de forma segura como residente permanente (obtener permisos de reingreso para viajes prolongados), actualizar direcciones e información con el USCIS y comprender los procedimientos de renovación de la tarjeta verde.

Nuevas oportunidades de patrocinio: Una vez que su familiar se naturaliza y se convierte en ciudadano estadounidense, puede patrocinar a otros familiares (su cónyuge, hijos, padres, hermanos). Esto crea nuevas vías para la reunificación familiar ampliada que no estaban disponibles cuando solo eran titulares de la tarjeta verde.

Apoyo de seguimiento y futuras solicitudes familiares

¿Por qué elegir L.I.H. Law para la inmigración familiar?

Nuestra Especialidad

Experiencia Con Procesos Migratorios Complejos: Basados en la Familia, Reunificación Familiar, VAWA, Exenciones.

20+ Años Exclusivamente Practicando el Derecho Migratorio

Servicio Totalmente Bilingüe: Se Habla Español.

Hija de un Veterano con Raíces Profundas en la Comunidad

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Tarifas Transparentes y Razonables

Conocimiento Local

Proceso transparente

Servicio al cliente

Resultados probados

Preguntas Frecuentes

Lo que Dicen Nuestros Clientes

Ver todos nuestros testimonios

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«La abogada Lesley y su equipo hicieron un trabajo estupendo ayudándonos a mi hijo y a mí a conseguir la tarjeta de residencia y, posteriormente, la ciudadanía. Estoy muy contenta y los recomiendo encarecidamente».

— Freddy Barraza, reseña en Google

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«Muy buen servicio, muchas gracias, conseguí mi tarjeta de residencia».

— Jorge Irias, reseña en Google (traducida del español)

★★★★★
«¡Estoy muy contenta porque Lesley se encargó de todo e hizo que todo el proceso fuera muy sencillo y sin estrés! ¡Gracias de nuevo, Lesley!!»

— Diana Navarrete, reseña en Google (Inmigración familiar)

★★★★★
«Teníamos un problema de inmigración complicado que afectaba a mi yerno. Hablamos con varios abogados, pero no obtuvimos respuestas satisfactorias. Este caso implicaba una prohibición de 10 años y varios viajes para asistir a entrevistas. Llevó mucho tiempo, pero Lesley estuvo con nosotros durante todo el proceso. Los honorarios del bufete fueron muy razonables y no cambiaron ni aumentaron. Si busca un abogado que le escuche, le diga la verdad y esté a su lado pase lo que pase, llame a L.I.H Law».

— Cliente verificado de Avvo (éxito en inmigración familiar)

★★★★★
«Estoy inmensamente agradecido a Lesley Irizarry Hougan por su excepcional asistencia legal para obtener mi tarjeta de residencia. Tenía un caso muy complejo que la mayoría de los abogados ni siquiera querían tocar. Probablemente consulté con una docena de ellos, pero todos me daban la misma respuesta: «Lo siento, no puedo ayudarle con esto». Sin embargo, desde nuestra primera consulta, la abogada Lesley demostró un profundo conocimiento, profesionalidad y una dedicación genuina a mi caso. Gracias a la experiencia y el apoyo de Lesley, mi solicitud fue aprobada sin ningún problema».

— Ahmed Gaoh, reseña en Google (caso familiar complejo)