Este mes han entrado en vigor dos prohibiciones distintas relativas a los visados de inmigrante, y si tienes una solicitud de visado pendiente o familiares esperando en el extranjero, debes saber cómo te pueden afectar estas restricciones.

Como abogado especializado en inmigración de Seattle que lleva más de 20 años dedicándose exclusivamente a este ámbito, quiero explicarles qué está pasando, a quién afecta y qué deben hacer si tienen un caso pendiente.

Mira la explicación completa

📺 Míralo en YouTube | Suscríbete a nuestro canal @Lihlaw para recibir más novedades sobre inmigración

Las dos restricciones distintas

Proclamación presidencial del 16 de diciembre

La primera restricción se derivó de un decreto presidencial promulgado el 16 de diciembre, dirigido a países en los que se han identificado problemas de seguridad. Este decreto establece nuevas barreras para la tramitación de visados de inmigrante en las embajadas y consulados de Estados Unidos en el extranjero.

21 de enero: Suspensión de la tramitación por parte del Departamento de Estado

La segunda restricción entró en vigor el 21 de enero, cuando el Departamento de Estado anunció una suspensión de la tramitación que afecta a más de 80 países considerados de «alto riesgo» en cuanto al uso de prestaciones públicas. Esta suspensión se aplica específicamente a las solicitudes de visados de inmigrante que se tramitan por vía consular.

No se trata de las mismas restricciones, ni afectan a las mismas personas. Sin embargo, ambas suponen importantes obstáculos para las familias que intentan reunirse mediante solicitudes de inmigración por motivos familiares y para las personas que solicitan la residencia permanente en Estados Unidos.

¿Quiénes se ven afectados en este momento?

Actualmente, estas restricciones se aplican a las solicitudes de visado de inmigrante que se tramitan a través de las embajadas y consulados de Estados Unidos en el extranjero, lo que denominamos «trámite consular». Esto incluye:

Importante: Si estás solicitando un ajuste de estatus a través del USCIS dentro de Estados Unidos, estas restricciones aún no te afectan. Tu solicitud I-485 seguirá tramitándose según las directrices actuales del USCIS.

Sin embargo, quiero dejar algo claro: la política de inmigración puede cambiar rápidamente, y lo que hoy es cierto puede que mañana ya no lo sea. Estamos siguiendo de cerca la situación para ver si el USCIS aplicará restricciones similares a los casos que se están tramitando en el país.

Qué significa esto para los casos pendientes

Si su caso se encuentra en la fase de tramitación en la embajada

Si tienes algún familiar que esté a la espera de una entrevista para un visado de inmigrante en una embajada de Estados Unidos, su solicitud podría retrasarse o denegarse debido a estas nuevas restricciones. El Departamento de Estado no ha proporcionado indicaciones claras sobre qué países concretos se ven afectados por la suspensión del 21 de enero, lo que dificulta predecir el resultado.

Si acaba de aprobarse su solicitud I-130

En el caso de las solicitudes I-130 aprobadas por el USCIS pero que aún no han llegado al Centro Nacional de Visados (NVC), es probable que su expediente sea sometido a un examen más minucioso una vez que pase a la fase de tramitación consular. El momento en que su expediente entre en el sistema del NVC podría influir de manera significativa en la aplicación de estas restricciones.

Si estás pensando en presentar la solicitud ahora

Las familias que me preguntan si deberían presentar nuevas solicitudes en este momento deben tener en cuenta que, aunque las solicitudes de familiares directos (cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses) no tienen retrasos en la tramitación de visados, estas restricciones podrían afectar a la fase final del trámite consular.

En el caso de las categorías de preferencia familiar con períodos de espera de varios años, resulta más difícil predecir cómo será el panorama normativo cuando llegue el momento de que tu fecha de prioridad sea actual.

Preguntas frecuentes que nos hacen

«¿Deberíamos retirar nuestra petición y esperar?»

No necesariamente. Cada caso es diferente. Retirar una solicitud implica perder la fecha de prioridad, lo que podría retrasarte varios años en las categorías de preferencia familiar. Antes de tomar cualquier decisión importante, consulta con un abogado especializado en inmigración sobre tu situación concreta.

«¿Podemos solicitar una excepción o una exención?»

Aún no sabemos qué procedimientos, si es que hay alguno, existen para solicitar excepciones a estas restricciones. El Departamento de Estado no ha publicado directrices claras al respecto. Es posible que sigan siendo aplicables las exenciones de inadmisibilidad que existían antes de estas restricciones, pero estamos a la espera de una aclaración.

«¿Y si nuestra entrevista ya está programada?»

Si ya tienes programada una entrevista para el visado de inmigrante, acude a ella a menos que se te indique expresamente lo contrario. Lleva contigo toda la documentación necesaria y prepárate para responder a preguntas sobre las nuevas restricciones. Contar con un abogado especializado en inmigración con experiencia que te prepare para la entrevista es ahora más importante que nunca.

«¿Afecta esto a las solicitudes de ciudadanía?»

No. Si eres titular de una tarjeta verde y solicitas la ciudadanía estadounidense mediante naturalización, estas prohibiciones relativas a los visados de inmigrante no afectan a tu solicitud N-400. La naturalización es un proceso totalmente independiente de la expedición de visados de inmigrante.

Lo que debes hacer ahora

En primer lugar, no te asustes. En segundo lugar, no tomes ninguna decisión importante sin conocer bien tu situación concreta.

Si tiene un caso pendiente en el extranjero, póngase en contacto con su abogado de inmigración para analizar sus opciones. Si no cuenta con un abogado, nuestro despacho puede revisar su caso y asesorarle sobre la mejor forma de proceder.

En algunas situaciones, puede ser conveniente esperar a recibir orientaciones más claras del Departamento de Estado. En otras, seguir adelante a pesar de la incertidumbre podría ser la decisión más acertada. El país en cuestión, el tipo de relación, tu historial migratorio y muchos otros factores determinan cuál es la mejor estrategia.

Qué supervisa L.I.H. Law

Llevo ejerciendo como abogado especializado en derecho de inmigración en Seattle desde 2004. Los cambios normativos como este no son nada nuevo, pero la falta de directrices claras por parte del Departamento de Estado hace que estas restricciones sean especialmente difíciles de gestionar.

Nuestra oficina está siguiendo de cerca varios acontecimientos:

  • Si el USCIS aplicará restricciones similares a los casos de ajuste de estatus dentro de los Estados Unidos.
  • ¿Qué países concretos se ven afectados por la suspensión del Departamento de Estado del 21 de enero?
  • Cuánto tiempo seguirán vigentes estas restricciones
  • ¿Qué procedimientos existen, en su caso, para solicitar excepciones o exenciones?
  • Cómo interactúan estas restricciones con los motivos de inadmisibilidad existentes y los procedimientos de exención

En cuanto tengamos información más clara, informaremos a nuestros clientes y publicaremos las novedades aquí, en nuestro blog.

¿Necesitas ayuda con tu caso?

Si tiene una solicitud de visado de inmigrante en trámite y desea saber cómo afectan estas prohibiciones a su situación concreta, L.I.H. Law puede ayudarle.

Nuestro despacho cuenta con más de 20 años de experiencia en la gestión de casos complejos de inmigración, entre los que se incluyen:

Póngase en contacto con L.I.H. Law:

📞 Teléfono: (206) 838-7628
📧 Correo electrónico: info@lihlaw.com
💬 WhatsApp: Concierta una consulta por videoconferencia
🌐 Sitio web: www.immigrationlawseattle.com

📍 Ubicación de la oficina:
L.I.H. Law
159 Denny Way, Suite 107
Seattle, WA 98109

Horario: de lunes a jueves, de 9:00 a 17:00

Hablamos español. Todo nuestro personal es bilingüe y está dispuesto a ayudarte a superar estos retos en materia de inmigración.


La abogada Lesley Irizarry-Hougan es una letrada especializada en inmigración de Seattle con más de 20 años de experiencia dedicada exclusivamente al derecho de inmigración. Atiende a clientes de todo el estado de Washington y se especializa en casos complejos de inmigración por motivos familiares, asilo, protecciones en virtud de la Ley VAWA y defensa contra la expulsión.

Lesley Irizarry-Hougan
Lesley ejerce la abogacía desde julio de 2005. Cuenta con una amplia experiencia en la representación de clientes ante el Tribunal de Inmigración, tanto en casos de detención como de no detención; en apelaciones de decisiones de jueces de inmigración, tanto en el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito como en la Junta de Apelaciones de Inmigración. Lesley participa activamente en su comunidad, colaborando regularmente como voluntaria en la Clínica Legal de la Asociación de Abogados Latinos y en la Clínica Legal del Barrio de la Asociación de Abogados del Condado de King. Lesley Irizarry-Hougan ha estado practicando exclusivamente leyes de inmigración desde julio de 2005. Tiene una amplia experiencia en la representación de clientes en el Tribunal de Inmigración, tanto en casos de detenidos como de no detenidos; en apelaciones de decisiones de jueces de inmigración, tanto en el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito como en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Oeste de Washington. Lesley también se especializa en solicitudes afirmativas, incluyendo solicitudes para la tarjeta verde (Mica), asilo, NACARA y solicitudes de ciudadanía archivadas en los Estados Unidos y Servicios de Inmigración. Lesley también realiza certificaciones de trabajo, incluyendo solicitudes de cocineros especializados. Ella habla español nativo.
http://www.immigrationlawseattle.com/
Anterior
Anterior

Contribuir a la comunidad — y a las organizaciones que lo hacen posible

Siguiente
Siguiente

USCIS cambia la política de reutilización de fotos biométricas: nueva regla de 36 meses (con efecto inmediato)