Ampliación de los requisitos para la exención provisional de inadmisibilidad
El USCIS ha ampliado los requisitos de elegibilidad para determinadas personas que soliciten el perdón provisional por presencia ilegal.
Antecedentes
En marzo de 2013, el gobierno comenzó a aceptar solicitudes para el perdón provisional de inadmisibilidad por presencia ilegal. Esto significaba que las personas que tuvieron que regresar a sus países de origen para solicitar la residencia permanente legal en el consulado podrán solicitar el perdón por presencia ilegal en los Estados Unidos antes de salir del país utilizando el formulario I-601A. Hasta ahora, esta opción solo estaba disponible para los cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses.
¿Quiénes pueden optar a ello ahora?
En virtud de las normas ampliadas, el perdón provisional ya está disponible para los solicitantes que puedan demostrar que su cónyuge o padre, ciudadano estadounidense o residente permanente legal, se encuentra en una situación de extrema dificultad.
Para poder optar a esta condonación provisional, debe cumplir todos los criterios siguientes:
- Tener 17 años o más;
- Ser el cónyuge, el hijo o la hija, o el padre de un ciudadano estadounidense, o ser el cónyuge, el hijo o la hija de un residente permanente legal;
- Disponer de un formulario I-130 (Solicitud de visado de inmigrante) o del formulario I-360;
- Ser capaz de demostrar que su cónyuge o progenitor, ciudadano estadounidense o residente permanente legal, sufriría dificultades extremas si no pudiera regresar a los Estados Unidos;
- Estar físicamente presente en los Estados Unidos en el momento en que presente su solicitud I-601A y se le conceda una cita para la toma de huellas dactilares; y
- No haber sido citado para una entrevista de visado de inmigrante en el consulado antes del 3 de enero de 2013.
Para poder solicitar este perdón, su único motivo de inadmisibilidad debe ser la presencia ilegal en los Estados Unidos. Dado que la inadmisibilidad puede ser un ámbito complejo dentro de la legislación en materia de inmigración, le recomendamos que consulte con un abogado especializado en inmigración antes de presentar una solicitud para este perdón.
¿Cuándo puedo presentar la solicitud?
Actualmente se están aceptando solicitudes con arreglo a las normas anteriores. Las solicitudes con arreglo a las normas ampliadas se aceptarán a partir del 29 de agosto de 2016. Mientras tanto, puede consultar con un abogado especializado en inmigración sobre su elegibilidad y empezar a reunir la documentación necesaria para su caso.
¿Qué ocurre si el único miembro de mi familia con estatus legal es un hijo mayor de edad?
Lamentablemente, un hijo adulto ciudadano estadounidense que se encuentre en una situación de extrema dificultad no cumple los requisitos para acogerse a la exención provisional I-601A en este momento.