¿Qué son las excepciones y las adaptaciones a la hora de solicitar la ciudadanía estadounidense (naturalización)?

En general, los solicitantes de la naturalización deben cumplir los siguientes requisitos (haga clic aquí para leer nuestra entrada del blog sobre la ciudadanía):

  • Llevar cinco años como residente permanente (O tres años si obtuvo su tarjeta de residencia por matrimonio con un ciudadano estadounidense, lleva tres años casado y sigue casado y viviendo con su cónyuge ciudadano estadounidense);
  • Tener al menos 18 años;
  • Haber residido de forma ininterrumpida en los Estados Unidos durante los últimos cinco años (o tres años);
  • Haber residido en el mismo estado o distrito de servicio del USCIS durante los últimos tres meses;
  • Haber residido en los Estados Unidos durante al menos la mitad de los últimos cinco (o tres) años;
  • Ser capaz de leer, escribir y hablar inglés básico;
  • Poder realizar un examen de Historia y Educación Cívica de los Estados Unidos;
  • Estar dispuesto a prestar el juramento de lealtad; y
  • Poder demostrar «buena conducta» durante los últimos cinco (o tres) años.

Sin embargo, algunas de estas normas tienen excepciones:

¿Y si no sé hablar, leer ni escribir bien en inglés?

Si tiene 50 años o más y ha sido residente permanente legal durante al menos 20 años, es posible que pueda realizar el examen de educación cívica en su lengua materna y que pueda acudir a la entrevista acompañado de un intérprete. Esta excepción también se aplica si tiene 55 años o más y ha sido residente permanente legal durante al menos 15 años.

Además, si tienes 65 años o más y has sido residente permanente legal durante al menos 20 años, es posible que se te concedan condiciones especiales a la hora de realizar el examen de educación cívica en tu lengua materna.

¿Qué pasa si creo que no puedo realizar las pruebas de inglés o de educación cívica debido a una discapacidad?

Se ofrece una exención de los requisitos de inglés y educación cívica a las personas con determinadas discapacidades físicas o del desarrollo, o con trastornos mentales. Para solicitar esta exención, debe presentar un formulario independiente (Formulario N-648) firmado por un médico o un psicólogo.

Le recomendamos que consulte con un abogado especializado en inmigración si cree que puede cumplir los requisitos para acogerse a una excepción por estos motivos.

¿Qué pasa si no puedo cumplir el requisito de residencia ininterrumpida?

Si ha trabajado en el extranjero en determinados sectores, es posible que pueda acogerse a una excepción al requisito de residencia ininterrumpida. Puede encontrar más información sobre esta excepción en: http://www.uscis.gov/us-citizenship/citizenship-through-naturalization/continuous-residence-and-physical-presence-requirements-naturalization.

Le recomendamos que consulte con un abogado especializado en inmigración si cree que puede cumplir los requisitos para acogerse a una excepción.

¿Qué ocurre si tengo una discapacidad que podría dificultarme acudir a la entrevista o realizar un examen?

Se pueden ofrecer adaptaciones y modificaciones a las personas con discapacidades físicas o mentales. Puede describir estas necesidades en el formulario N-400.

Mi religión no me permite servir en las Fuerzas Armadas ni utilizar armas. ¿Cómo puedo prestar juramento de lealtad?

En el caso de aquellas personas cuyas creencias religiosas les impidan prestar el juramento de lealtad, se pueden permitir ciertas modificaciones o exenciones. 

Para obtener más información sobre estas prestaciones, consulte http://www.uscis.gov/policymanual/HTML/PolicyManual-Volume12-PartJ-Chapter3.html.

Para obtener más información sobre las exenciones y excepciones mencionadas, consulte: http://www.uscis.gov/us-citizenship/citizenship-through-naturalization/exceptions-accommodations


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Para nosotros es importante apoyar a nuestra comunidad local de inmigrantes. Nuestros abogados especializados en inmigración y nuestro personal participan activamente comovoluntarios en diversos eventos y organizaciones comunitarias, y realizan trabajo pro bono.

Lesley Irizarry-Hougan
Lesley ejerce la abogacía desde julio de 2005. Cuenta con una amplia experiencia en la representación de clientes ante el Tribunal de Inmigración, tanto en casos de detención como de no detención; en apelaciones de decisiones de jueces de inmigración, tanto en el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito como en la Junta de Apelaciones de Inmigración. Lesley participa activamente en su comunidad, colaborando regularmente como voluntaria en la Clínica Legal de la Asociación de Abogados Latinos y en la Clínica Legal del Barrio de la Asociación de Abogados del Condado de King. Lesley Irizarry-Hougan ha estado practicando exclusivamente leyes de inmigración desde julio de 2005. Tiene una amplia experiencia en la representación de clientes en el Tribunal de Inmigración, tanto en casos de detenidos como de no detenidos; en apelaciones de decisiones de jueces de inmigración, tanto en el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito como en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Oeste de Washington. Lesley también se especializa en solicitudes afirmativas, incluyendo solicitudes para la tarjeta verde (Mica), asilo, NACARA y solicitudes de ciudadanía archivadas en los Estados Unidos y Servicios de Inmigración. Lesley también realiza certificaciones de trabajo, incluyendo solicitudes de cocineros especializados. Ella habla español nativo.
http://www.immigrationlawseattle.com/
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