Solicitar la residencia permanente legal (la «Mica») a través del consulado
Tarjeta de la Seguridad Social de EE. UU. y tarjeta de residencia permanente (Green Card) sobre una bandera estadounidense
En nuestra última entrada del blog, hablamos sobre cómo solicitar la residencia permanente legal (la «mica») en Estados Unidos tras haber obtenido la aprobación de una solicitud de visado de inmigración a través de un familiar. Sin embargo, muchas personas tendrán que regresar a su país de origen y solicitar el estatus a través del consulado. A continuación, se incluyen algunas preguntas frecuentes que hemos recibido sobre este proceso.
Tengo una solicitud familiar (I-130) que acaba de ser aprobada. ¿Puedo solicitar la tarjeta de residencia ahora mismo o tengo que esperar?
La respuesta depende de qué familiar haya presentado la solicitud en su nombre y de qué tipo de estatus legal tenga. Los cónyuges, los padres o los hijos menores de edad de ciudadanos estadounidenses se consideran «familiares directos». Si usted entra en alguna de esas categorías, se le concederá un visado cuando se apruebe la solicitud I-130 y podrá iniciar el proceso para solicitar el visado.
Si usted no es familiar directo (por ejemplo, el cónyuge o hijo de un residente permanente legal, o el hijo o hermano casado de un ciudadano estadounidense), tendrá que esperar hasta que haya una visa disponible. En su notificación de aprobación figura una «fecha de prioridad», que equivale a su posición en la lista de espera. Cada mes, el Departamento de Estado publica un Boletín de Visas (disponible en: http://travel.state.gov/content/visas/en/law-and-policy/bulletin.html), que es una lista actualizada de las fechas de prioridad. Cuando se actualice su fecha, podrá iniciar el proceso de solicitud de su estatus de residencia permanente legal.
He consultado el Boletín de Visas y mi fecha de prioridad está actualizada. ¿Y ahora qué hago?
Lo primero que hay que determinar es si puedes solicitar el estatus desde dentro de los Estados Unidos o si tendrás que regresar a tu país de origen para tramitarlo por vía consular. Visite esta página: (http://www.immigrationlawseattle.com/blog/2015/10/20/aplicar-para-residencia-permanente-legal-la-mica-en-los-estados-unidos-a-traves-de-una-peticion-familiar) para ver algunas de las formas más comunes en las que las personas pueden solicitarlo dentro de los Estados Unidos. Si usted no entra en ninguna de esas categorías, probablemente tendrá que pasar por el proceso consular.
¿Cuáles son los pasos para la tramitación consular?
Cuando se actualice su fecha de prioridad, recibirá una carta del Centro Nacional de Visados, que es la oficina situada en Estados Unidos encargada de tramitar los casos de procesamiento consular. En esa correspondencia se le explican los pasos que deberá seguir para programar su entrevista en el consulado, lo que incluye pagar las tasas, presentar dos formularios (el I-864, Declaración jurada de apoyo, y el DS-260, de información biográfica), y presentar documentos como su certificado de nacimiento y una copia de su pasaporte. Cuando el Centro Nacional de Visados confirme que has presentado todas las tasas y los documentos correctos, enviarán tu expediente al consulado y se programará una entrevista.
¿Me han dicho que necesito una autorización cuando la solicito?
Por lo general, la oficina del consulado te indicará durante la entrevista si es necesario solicitar un perdón, y no podrás presentar una solicitud de perdón antes de dicha entrevista. Sin embargo, si su único motivo de inadmisibilidad es la presencia ilegal, usted es un familiar directo y además tiene un cónyuge o un padre que es ciudadano estadounidense, tal vez sea posible que pueda presentar una solicitud de perdón provisional ANTES de salir de los Estados Unidos para acudir a su entrevista consular.
Tenga en cuenta que, aunque parezca cumplir los requisitos para el trámite consular por alguna de estas razones, es posible que no pueda presentar la solicitud debido a sus antecedentes penales, al número de veces que ha entrado en los Estados Unidos u otros factores. Por ello, debería consultar con un abogado especializado en inmigración antes de presentar cualquier solicitud de ajuste de estatus.
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